Horas extra en restaurantes en México: límites semanales y cálculo de pago doble y triple
Respuesta corta: Las horas extras en restaurantes están reguladas por los artículos 66 a 68 de la Ley Federal del Trabajo. Las primeras 9 horas extraordinarias por semana se pagan al doble (100% más del salario ordinario) y no pueden exceder de 3 horas diarias ni de 3 veces por semana; el tiempo que exceda de ese límite debe pagarse al triple (200% más), con la prohibición expresa de que la jornada total diaria supere las 12 horas continuas.
¿Cuáles son los límites legales del tiempo extraordinario en la LFT?
En el sector de alimentos y bebidas, las jornadas se prolongan con frecuencia en eventos nocturnos o cierres demorados. Sin embargo, la LFT impone candados estrictos:
- Límite diario y semanal ordinario (artículo 66 de la LFT): el tiempo extraordinario no puede exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana (máximo 9 horas semanales).
- Pago de las primeras horas: estas primeras 9 horas se remuneran con un 100% más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria (pago al doble).
- Excedente prohibido (artículo 68 de la LFT): si el tiempo extra excede de 9 horas a la semana, el patrón está obligado a pagar el excedente con un 200% más del salario ordinario (pago al triple), sin perjuicio de las sanciones administrativas aplicables.
- Tope absoluto de seguridad: la suma de la jornada ordinaria y extraordinaria jamás puede sobrepasar las 12 horas diarias.
¿Cómo se calcula el pago de horas extra?
Ejemplo práctico para personal de cocina
Consideremos un cocinero con salario diario base de $368.05 MXN en jornada diurna de 8 horas:
- Salario por hora ordinaria: $368.05 ÷ 8 = $46.01 MXN por hora.
- Hora extra doble (primeras 9 semanales): $46.01 × 2 = $92.02 MXN por hora.
- Hora extra triple (a partir de la décima hora): $46.01 × 3 = $138.03 MXN por hora.
Si este cocinero apoya en el cierre de fin de semana con 4 horas extra en la semana:
- Monto extra a pagar: 4 horas × $92.02 = $368.08 MXN adicionales a su nómina semanal.
¿Qué riesgos enfrenta un restaurante por no registrar las horas extras?
- Multas laborales de la STPS: que van de 50 a 5,000 UMA por trabajador no remunerado adecuadamente.
- Demandas laborales: en ausencia de un registro electrónico de asistencia confiable, la junta o tribunal laboral tiende a presumir como ciertos los horarios alegados por el trabajador.
- Fatiga y rotación: el sobretiempo no controlado dispara la deserción en cocinas y eleva las mermas por accidentes de preparación.
Cómo lo resuelve Repos
- Checador electrónico exacto: registra la hora y minuto de entrada y salida mediante PIN en la tablet o computadora del restaurante.
- Reporte de horas trabajadas: visualiza con claridad el total de horas cubiertas por colaborador para detectar oportunamente si alguien está acumulando sobretiempo no planeado.
- Exportación a CSV: entrega datos limpios para calcular con exactitud las horas dobles en el software de nómina o contabilidad.
- Control de perfiles por turnos: permite asignar turnos y puestos con total orden operativo.
Por qué Repos para el control de jornadas: Repos te da control del salón, cocina y checador de tu personal dentro de un precio cerrado de $350 MXN al mes con IVA, sin cobrar por empleado. Contratar Repos en repos.mx/comprar.
Preguntas frecuentes
¿Un trabajador puede negarse a laborar horas extra?
Sí. El tiempo extraordinario es voluntario para el trabajador, salvo en casos extraordinarios de siniestro o riesgo inminente para el establecimiento o las personas.
¿Se pueden pagar las horas extra con tiempo libre compensatorio?
La LFT no contempla la sustitución del pago en dinero por tiempo libre; el tiempo extraordinario devengado debe remunerarse económicamente en la nómina.
¿Las propinas aumentan el valor de la hora extra?
No. El salario base para calcular la hora ordinaria y extraordinaria es la cuota diaria fija pactada en el contrato de trabajo.
Fuentes
- Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados (últ. reforma DOF 14-05-2026), consultado 2026-10-29
- DOF 09-12-2025, Resolución CONASAMI, consultado 2026-10-29
- Ayuda de Repos, consultado 2026-10-29