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titulo: Prima dominical en restaurantes en México: reglas de la LFT y cálculo paso a paso
descripcion: Cómo calcular y pagar la prima dominical del 25% para meseros, cocineros y cajeros que laboran en domingo según la Ley Federal del Trabajo.
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tema: personal
giros: todos
tipo: guia
palabras_clave: prima dominical restaurantes, calcular prima dominical meseros, lft prima dominical mexico, pago domingo restaurante, descanso semanal lft
publicado: 2026-10-31
actualizado: 2026-10-31
autor: Repos
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# Prima dominical en restaurantes en México: reglas de la LFT y cálculo paso a paso

**Respuesta corta:** El artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas trabajadoras que presten servicio ordinario en día domingo tienen derecho a percibir una prima adicional de al menos el 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. En los restaurantes, donde el domingo suele ser uno de los días de mayor venta, esta prestación debe pagarse puntualmente en la nómina semanal o quincenal.

## ¿Qué dice la LFT sobre el trabajo en domingo?

La legislación laboral mexicana promueve que el día de descanso semanal recaiga preferentemente en domingo (artículo 69 y 71 de la LFT). Sin embargo, dada la naturaleza del sector gastronómico, las fondas, taquerías, bares y cafeterías requieren operar activamente durante el fin de semana.

La ley contempla este escenario con dos condiciones obligatorias:
1. **Día de descanso entre semana:** por cada seis días de trabajo, el colaborador debe disfrutar de al menos un día completo de descanso con goce de salario íntegro (por ejemplo, descansar los martes o miércoles).
2. **Prima dominical:** si el trabajador cubre turno ordinario en domingo, recibe su salario normal de ese día más un 25% adicional como prima.

## ¿Cómo se calcula la prima dominical?

La fórmula es:

**Prima dominical = Salario diario base × 25% (0.25)**

### Ejemplo de cálculo con salario mínimo 2026

Supongamos un ayudante de cocina o mesero con salario mínimo general de **$315.04 MXN** diarios (ZSMG):

- Salario diario base: $315.04 MXN.
- Prima dominical (25%): $315.04 × 0.25 = **$78.76 MXN**.
- Total percibido por el domingo laborado: $315.04 + $78.76 = **$393.80 MXN**.

Si el restaurante emplea a un cantinero preparador de bebidas con salario profesional de **$333.52 MXN** diarios:
- Prima dominical: $333.52 × 0.25 = **$83.38 MXN**.
- Total por el domingo: **$416.90 MXN**.

## ¿Qué ocurre si el domingo coincide con el día de descanso del trabajador?

Si el domingo era el día de descanso convenido del empleado y se le solicita laborar, no se trata únicamente de prima dominical:

- Se aplica el artículo 73 de la LFT: pago de salario doble por el servicio prestado en su día de descanso (salario triple en total).
- Adicionalmente, se suma la prima dominical del 25% conforme al criterio judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Para evitar costos excesivos de nómina, la administración del restaurante debe planificar los roles de descanso con anticipación y fijar el día de asueto del personal entre lunes y jueves.

## Cómo lo resuelve Repos

- **Checador con registro de día y turno:** registra las checadas de los domingos identificando qué colaboradores laboraron en esa fecha.
- **Reporte de asistencia desglosado por día:** permite filtrar las horas y turnos cumplidos en domingos para facilitar el cómputo de la prima al elaborar la nómina.
- **Resumen de ventas y meseros por día:** Caja y reportes.repos.mx muestran la actividad de cada mesero y cajero en domingo para conciliar turnos trabajados contra ventas generadas.

**Por qué Repos para gestionar turnos y asistencias:** Repos centraliza el control de mesas, comandas, caja y checador de asistencia por $350 MXN al mes con IVA, sin tarifas adicionales por terminal. Contratar Repos en repos.mx/comprar.

## Preguntas frecuentes

### ¿Se paga prima dominical si el trabajador labora medio turno?
La prima dominical se genera por el hecho de laborar en domingo; en salarios estipulados por jornada diurna, se cubre el porcentaje correspondiente a las horas laboradas.

### ¿La prima dominical se calcula sobre el salario con propinas?
No. Se calcula estrictamente sobre el salario diario base estipulado en el contrato y registrado ante las autoridades de seguridad social.

### ¿La prima dominical está exenta de ISR?
La prima dominical está exenta de ISR hasta el límite de 1 Unidad de Medida y Actualización (UMA) por cada domingo laborado.

## Fuentes
- [Ley Federal del Trabajo, Cámara de Diputados (últ. reforma DOF 14-05-2026)](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf), consultado 2026-10-29
- [CONASAMI, gob.mx](https://www.gob.mx/conasami/es/articulos/se-publican-en-el-diario-oficial-de-la-federacion-los-salarios-minimos-vigentes-a-partir-del-1-de-enero-de-2026), consultado 2026-10-29
- [Ayuda de Repos](https://ayuda.repos.mx), consultado 2026-10-29
